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El derecho a la educación de niños y niñas en el contexto de la migración

24/05/2018

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en su informe anual sobre la situación de los derechos humanos en nuestra región , subraya que en el año 2017 se dieron importantes avances en los marcos legislativos de algunos países de la región, en materia de migración, entre los cuales se destaca la incorporación de estándares del derecho internacional de los derechos humanos.

Sin embargo, advierte con preocupación que, como respuesta al aumento en el número de personas migrantes en la región, se está dando un incremento de políticas, leyes y prácticas más restrictivas (externalización  y mayor securitización de las fronteras, criminalización de la migración, políticas enfocadas en la detención y la deportación), así como el auge de discursos tendientes a fomentar el odio, la violencia y la discriminación.

Según recientes informes de UNICEF, en las Américas hay 6,3 millones de niños y niñas migrantes, lo que equivale al 21% del total mundial; y en el 2016 casi 60.000 niñas y niños no acompañadas/os fueron detenidas/os en la frontera entre México y los Estados Unidos. La mayoría provenía de los países del norte de América Central.

En este contexto, es imperativo profundizar las garantías y las medidas de protección de los derechos de niños y niñas migrantes en nuestra región, entre ellos el derecho a la educación, así como dar seguimiento a las metas referentes a la migración en la Agenda de Desarrollo Sostenible 2030, en diálogo con el Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) 4, referido a la educación.

Para este proceso de seguimiento y fortalecimiento de los derechos de la niñez migrante en nuestra región, cabe destacar especialmente la Observación General conjunta adoptada en noviembre de 2017 entre el Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares y del Comité de los Derechos del Niño de la ONU, sobre las obligaciones de los Estados relativas a los derechos humanos de los/as niños/as en el contexto de la migración internacional en los países de origen, tránsito, destino y retorno. Uno de los puntos abordados en la Observación General conjunta es el derecho a la educación de las niñas y los niños en el contexto de la migración internacional.

Esta Observación General señala que “independientemente de su situación, tendrán pleno acceso a todos los niveles y todos los aspectos de la educación, incluida la educación para la primera infancia y la formación profesional, en condiciones de igualdad con los nacionales del país en el que vivan”. 

El texto establece que los Estados deben garantizar la igualdad de acceso a una educación inclusiva y de calidad para todas las niñas y niños migrantes, cualquiera que sea su situación migratoria, disponiendo de programas de aprendizaje alternativos cuando sea necesario y poniendo en marcha medidas adecuadas para reconocer los estudios anteriores. Además, deben adoptar medidas específicas cuando se requieran, tales como la enseñanza suplementaria de lenguas, personal de refuerzo y apoyo intercultural.

Con base en el principio de la igualdad de trato, los Estados deben eliminar toda discriminación contra niñas/os migrantes y adoptar las disposiciones apropiadas que tengan en cuenta las cuestiones de género para superar las barreras a la educación.

A su vez, se insta a los Estados a reformar de inmediato los reglamentos y las prácticas que impidan a niños/as migrantes matricularse en escuelas e instituciones educativas, así como a prohibir el intercambio de datos sobre estudiantes y las operaciones de control de la inmigración en los centros escolares o en sus inmediaciones, ya que estas prácticas limitan o las/os privan de su derecho a la educación.

La Observación General también alienta la integración de la enseñanza de los derechos humanos, incluida la no discriminación, así como el fenómeno de la migración, los derechos de las personas migrantes y los derechos de las niñas y niños, en los planes de estudio, de manera a contribuir con la prevención de actitudes xenófobas o discriminatorias.

Debemos tener presente, a su vez, la Opinión Consultiva OC-21/14 “Derechos y Garantías de niñas y niños en el contexto de la migración y/o en necesidad de protección internacional” emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el año 2014, en la que se fijan importantes estándares y se recuerda a los Estados su obligación de asegurar un pleno acceso a la educación en condiciones de igualdad.

Acceda aquí al texto completo de la Observación General (CMW/C/GC/4−CRC/C/GC/23)

Iniciativa:

Oficina de la Campaña Latinoamericana por el Derecho a la Educación | Av. Prof. Alfonso Bovero, 430, conj. 10 – Perdizes, São Paulo, 01254-000, Brasil Tel. +55 11 3853-7900 | orei@campanaderechoeducacion.org

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