06/11/2018
Con la aprobación de un nuevo marco normativo se reconoce la capacidad jurídica plena de las personas con discapacidad y se avanza hacia la igualdad
La normativa, aprobada el pasado mes de setiembre, incorpora varias modificaciones al Código Civil y establece que toda persona tiene capacidad jurídica para el goce y ejercicio de sus derechos, incluyendo a texto expreso “a todas las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás y en todos los aspectos de la vida, independientemente de si usan o requieren de ajustes razonables o apoyos para la manifestación de su voluntad”. Entre otras disposiciones, se destaca la incorporación de la figura y definición de apoyos y salvaguardias, previéndose que toda persona con discapacidad que requiera ajustes razonables y apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica puede solicitarlos o designarlos de acuerdo con su libre elección.
A su vez, este marco normativo se ve fortalecido por la aprobación más recientemente del Decreto Legislativo Nº 1417 que tiene por objeto establecer disposiciones para promover y fortalecer la inclusión de las personas con discapacidad en condiciones de igualdad, a través de medidas específicas que garanticen el ejercicio de sus derechos fundamentales. La normativa estable que la persona con discapacidad tiene derecho a ajustes razonables en el proceso de selección de recursos humanos y en el lugar de trabajo (comprendiendo la adecuación de las metodologías, procedimientos, instrumentos de evaluación y métodos de entrevista, la adaptación de las herramientas de trabajo, las maquinarias y el entorno de trabajo, incluyendo la provisión de ayudas técnicas y servicios de apoyo; así como la introducción de ajustes en la organización del trabajo y los horarios, en función de las necesidades del trabajador con discapacidad); prevé la gratuidad del proceso de evaluación, calificación y certificación de la persona con discapacidad; así como el derecho a licencia de las personas con familiares en situación de discapacidad.
Con estos avances, que determinan una ampliación de los derechos y la autonomía de las personas con discapacidad, el país se aproxima más a los estándares y obligaciones internacionales de derechos humanos, en particular al cumplimiento de lo establecido en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
En relación a los mismo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha señalado “reconocer que las personas con discapacidad poseen capacidad jurídica plena es reconocer que son sujetos de derechos en igualdad de condiciones a las personas sin discapacidad y que poseen la facultad de elegir sobre su proyecto de vida. Con esta modificación las personas con discapacidad podrán decidir sobre aspectos fundamentales de su vida tales como si someterse o no tratamientos médicos, casarse o tener hijos; facultad que antes de las modificaciones al Código Civil se veía restringida con la figura de la interdicción y la designación de un curador”
Acceda aquí al texto completo del DECRETO LEGISLATIVO QUE RECONOCE Y REGULA LA CAPACIDAD JURÍDICA DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN IGUALDAD DE CONDICIONES (Decreto Legislativo Nº 1384).
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