En México los reglamentos escolares enfatizan el orden y la disciplina, además de la formación en “valores”. Los reglamentos son entendidos más como mecanismos de restricción de la conducta que en su sentido positivo, o sea, creación de condiciones para la convivencia escolar y el reconocimiento de derechos, es lo que revela un estudio del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE), denominado Convivencia y disciplina en la Escuela. Análisis de reglamentos escolares de México, en el que se estudiaron cerca de 600 reglamentos de escuelas de preescolar, primaria y secundaria. Asimismo, no se reconoce en dichos documentos el derecho a la participación de los y las estudiantes en la toma de decisiones, así como de otros integrantes de la comunidad escolar.
“La participación se deja ver como una omisión clara en los reglamentos. (…) En el análisis se ha aludido a la perspectiva profundamente limitada en que se presenta: básicamente en reglas para padres (expresadas más en términos de obligaciones) o procedimientos para los estudiantes (cómo participar en clase o en comités). Otros elementos, como la capacidad para intervenir en decisiones o reclamar derechos, prácticamente no están considerados”, analizan las investigadoras Leticia Landero y Concepción Chávez, quienes analizaron una muestra representativa de reglamentos aplicados en los estados de México, Chiapas y Sonora.
“En los reglamentos revisados, hay una clara negación de los docentes como partícipes de la vida escolar y de la comunidad educativa. Su papel es únicamente como figura de autoridad”, destacan las autoras del estudio.
Para ellas, la preocupación con las normas para el funcionamiento de la escuela y la convivencia en este ambiente no afectan los principios del derecho a la educación. Sin embargo, hay una tensión si este control disciplinario se vuelve el objetivo más importante de un reglamento, estableciendo normas puramente restrictivas y sin observar el reconocimiento de derechos. “En estos casos se genera un desequilibrio que deja en desventaja los propósitos centrales de la educación (aprender a conocer, a hacer, a ser, a vivir juntos) y coloca como fin en sí mismo aquello que debe ser un medio o un recurso”, resumen.
El estudio considera que otros aspectos del derecho a la educación, como equidad, democracia, igualdad de derechos, laicidad e igualdad de oportunidades para aprender no son abordados como prioridades, aunque también sean elementos centrales para una educación de calidad.
Respecto a la promoción de valores en las escuelas, las investigadoras consideran que pese el interés en abordar el tema en sus reglamentos, están ausentes valores o principios éticos más claramente vinculados a los derechos humanos y la convivencia democrática, como la igualdad, el respeto a la diversidad o la búsqueda de la equidad. “La mirada ética se encuentra centrada principalmente en valores individuales o relativos a un plano interpersonal, como el respeto (en un sentido vago), la honestidad, la sinceridad y otros”.
Los reglamentos escolares contemplan sanciones por violencia entre compañeros, poner apodos, pelear o no respetar las cosas de los otros, incluso, el no respetar los símbolos patrios. En ese sentido, llama la atención la prevalencia de normas restrictivas sin explicar por qué existen dichas reglas y de qué manera esta prohibición se relaciona a un beneficio para la convivencia escolar, lo que limita la comprensión de dichas normas en una vida democrática.
El libro concluye que hay un conjunto de normas presentes en estos reglamentos que no tienen vinculación con el principio del interés superior del niño y de la niña enmarcado en la Convención sobre los Derechos del Niño, como las que ordenan un corte de pelo específico, prohíben relaciones interpersonales o condicionan la permanencia del niño o niña al hecho de que el padre tenga trabajo.
A continuación, algunos hallazgos descritos en este levantamiento:
– Los temas más frecuentemente abordados son los relativos al orden y disciplina, como el arreglo personal, la asistencia, la puntualidad y la prohibición de conductas que se consideran no permitidas.
– Hay también destacada presencia de normas de tipo procedimental, que indican a los destinatarios cómo hacer cosas (permisos, ausencias, control de acceso, uso de espacios, cuidado del mobiliario), por sobre aquellas que implican asumir compromisos o ejercer derechos. Ambas tendencias se fortalecen conforme avanza la edad de los estudiantes.
– Sin embargo, otros aspectos del derecho a la educación (equidad, democracia, igualdad de derechos, laicidad, igualdad de oportunidades para aprender), también centrales como condiciones para una educación de calidad, no los asume como prioridad una amplia proporción de las escuelas estudiadas.
– Llama la atención la ausencia de aspectos centrales para la convivencia, como la participación en la toma de decisiones y la resolución de conflictos, cuyo punto en común es que introducen el componente del poder y la autoridad. Esto se vuelve relevante al pensar en el tema de la autonomía, ya que ésta no es posible si no existen espacios para compartir el poder, dialogar, negociar y tomar acuerdos. Estos planos están claramente diluidos o eliminados en la mayoría de los reglamentos.
– Es necesario incluir a todos los miembros de la comunidad en la regulación y protección que brinda el reglamento. Una conclusión clara al revisar de manera general los reglamentos es la importancia de que se entiendan como documentos para todos los involucrados. Esto no sucede. Éstas, por tanto, requieren ser incluyentes y reconocer límites, derechos y responsabilidades para todos.
Con informaciones de La Jornada.